Comunidad científica y universitaria en defensa del Golfo San Matías

Declaración Pública

Quienes formamos parte de la comunidad científica y universitaria argentina, investigadoras/es, estudiantes, docentes y personal no docente, graduadas/os de las universidades nacionales e institutos nos manifestarnos en defensa del Golfo San Matías ante los proyectos de expansión del extractivismo petrolero que mantienen en estado de alerta y movilización a las comunidades costeras del mar Argentino.

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La modificación de la Ley 3308 excluyó “la prohibición para la instalación de oleoductos, gasoductos u otros ductos para el transporte de hidrocarburos y sus derivados y la construcción de terminales para la carga y descarga de buques que los transporten en el Golfo San Matías y en el mar territorial rionegrino.” Esta reforma, aprobada en agosto de 2022 por la legislatura rionegrina, permite la construcción de un oleoducto de 700 km que cruzaría la provincia finalizando en una terminal petrolera que  pondrá en riesgo la integridad ambiental del golfo San Matías.

El golfo San Matías posee alta diversidad y abundancia de mamíferos marinos, aves, peces e invertebrados bentónicos. 

Las comunidades costeras tienen una alta dependencia de la calidad de las aguas del golfo, ya que sus economías se sustentan en la pesca, y el turismo. Los golfos del norte patagónico componen la principal zona de reproducción de la ballena franca austral en el Atlántico Sur, especie protegida por su condición de Monumento Natural Nacional (Ley Nacional Nº 23.094/84). En tanto en el Golfo San Matías pueden avistarse grupos de cópula, individuos solitarios y pares madre-cría. A su vez, en la costa se encuentra la colonia reproductiva más septentrional del pingüino de Magallanes, en el recientemente creado Parque Nacional “Islote Lobos”. Este sitio es especialmente importante para las aves migratorias como chorlos y playeros que incluso migran desde el hemisferio norte. Por otro lado, destinos turísticos como Las Grutas, Playas Doradas, Bahía Creek, Conchillas, Punta Perdices son fundamentales en la economía provincial. 

La modificación de la Ley 3308 va en detrimento de la integridad ambiental de áreas protegidas. La terminal petrolera se ubicaría apenas a ocho kilómetros al sur del Parque Nacional “Islote Lobos” y a ocho kilómetros al norte del Área Natural Protegida “Puerto Lobos”. También afectaría al “Sitio Natural de Patrimonio de la Humanidad Península Valdés”, de Chubut. La amenaza de derrames mayores y de micro derrames de petróleo con impactos permanentes condenan a las especies y comunidades del golfo.

El tráfico de buques petroleros aumentaría también el número de colisiones con cetáceos, uno de los principales desafíos que enfrentan estos mamíferos para su supervivencia.

La Ley 3308, cuyo articulado se modificó, era fruto de la visión armónica de conservación y desarrollo que la comunidad rionegrina desde hace casi 30 años protegió al Golfo. En 1995, la voluntad popular rechazó un proyecto de YPF para construir un oleoducto desde Neuquén hasta 15 km Las Grutas, donde se proyectaba una estación de carga de buques petroleros. 

Varias organizaciones en defensa del Golfo San Matías presentaron una acción judicial el 28 de diciembre de 2022 ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro junto a la Asociación de Abogados Ambientalistas de Argentina para declarar inconstitucional la modificación de la ley 3308.  Aún no hubo fallo. A su vez, las asambleas de toda la provincia reunidas en Asambleas del Curru Leufu se declararon en estado de alerta y movilización.

La modificación de la Ley 3308 va en contra de la normativa vigente. Por un lado, va en contra completamente de la normativa nacional en materia ambiental. Por un lado, el Principio de Progresividad consagrado en el artículo 4 de la Ley General del Ambiente 25.675 establece que “los objetivos ambientales deberán ser logrados en forma gradual, a través de metas interinas y finales, proyectadas en un cronograma temporal que facilite la adecuación correspondiente a las actividades relacionadas con esos objetivos.” Al mismo tiempo contradice la Constitución Nacional y rionegrina que  consagra la defensa del ambiente, estableciendo que: “Todos los habitantes tienen el derecho a gozar de un ambiente sano, libre de factores nocivos para la salud, y el deber de preservarlo y defenderlo.” 

Por el otro, se opone al principio de no regresión consagrado en el Acuerdo de Escazú, aprobado por Ley 27.566, que declara que no puede haber retrocesos en los niveles de protección ambiental alcanzados.

Las decisiones sobre cuestiones ambientales no pueden ser tomadas a espaldas de la sociedad y sin considerar su debida participación. 

Las condiciones que en 1995 impulsaron la sanción de la Ley 3308 no se han modificado. Por el contrario, el ambiente marino y nuestro clima se han degradado notablemente en estos veintitrés años, lo que nos impulsa a trabajar aún más en su cuidado. Ante la crisis climática y de biodiversidad que enfrenta el mundo, apostar por proyectos que agravan la emergencia, que carecen de sustentabilidad ambiental, social y económica, es condenar el presente y el futuro de las generaciones actuales y venideras. 

Ante lo expresado acompañamos la lucha de asambleas, organizaciones y distintos espacios e instamos a la justicia la resolución inmediata del pedido de inconstitucionalidad de la modificación de la ley protectora del Golfo San Matías. A su vez pedimos a los ejecutivos tanto nacional como provincial el freno de los proyectos extractivos que generan graves riesgos socioambientales. 

Publicado por Asambleas del Curru Leufu

Somos el encuentro de distintas asambleas socioambientales de la provincia de Río Negro

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